La empresa fue sentenciada a pagar $300 mil por daño moral a la
persona afectada, además de ordenarle la restitución de más de $900
mil correspondiente al dinero que había pagado por el producto que
venía con fallas.
Este fallo, en el cual el SERNAC fue parte, confirma que los
consumidores tienen derecho a la garantía legal cuando un producto
comprado nuevo sale defectuoso.
La Corte de Apelaciones de la ciudad de Coyhaique, tras confirmar el fallo de primera
instancia, condenó a la multitienda ABCDIN al pago de una indemnización de $300
mil pesos, además de ordenarle a la empresa la restitución del dinero a una
consumidora por la venta de un celular que salió defectuoso.
Los hechos se originaron en el mes de agosto del año 2021 cuando la consumidora
compró en la tienda de retail un teléfono celular Galaxy S21 Ultra Phant, pagando un
monto de $939.990.
Sin embargo, a los pocos días de uso, el aparato comenzó a presentar fallas en su
cámara para la captura de fotografías y la grabación de videos, ya que el móvil
informaba errores en la lectura y reproducción por archivos dañados.
Con esos antecedentes, la consumidora se dirigió a la empresa ABCDIN, quienes la
derivaron al servicio técnico de la empresa para su reparación.
En los días siguientes la empresa le comunicó que su celular estaba reparado. No
obstante, el equipo siguió presentando diversas fallas, ante lo cual la afectada tuvo,
por segunda vez, ingresarlo al servicio técnico, quienes finalmente, después de meses
de espera, le explicaron que la falla era de origen y que no eran responsables.
A raíz del hecho, el afectado interpuso un reclamo ante el SERNAC, y al no recibir una
respuesta positiva de parte de la empresa, decidió acudir a la justicia a través de una
denuncia, instancia donde el SERNAC se hizo parte.
Tras analizar los antecedentes del caso, el tribunal de la Región de Aysén, estableció
que la multitienda ABCDIN infringió la Ley del Consumidor (LPC) al actuar de forma
negligente y causar menoscabo debido a las deficiencias de calidad en el producto.
Tras la decisión del tribunal la empresa apeló.
Finalmente, la Corte de Apelaciones de la ciudad Coyhaique ratificó el fallo de primera
instancia y condenó a la empresa a devolver $939.990, dinero que corresponde a lo
que la consumidora había pagado por el equipo. Además, el tribunal de alzada
sentenció a la empresa a pagar a la afectada $300 mil por el daño moral, esto es, las
molestias ocasionadas.
Para la Directora Regional del SERNAC, María Francisca Ortiz, “Si las empresas
venden productos dañados las personas tienen derechos, entre ellos, el derecho a la
garantía legal, donde pueden exigir durante los seis primeros meses el cambio, la
reparación o la devolución del dinero. El consumidor es quien elige la opción, no la
empresa”.